Meses atrás escribíamos sobre el lanzamiento en la Argentina del nuevo subdominio tur.ar para aquellas empresas que prestan servicios y/o productos de turismo y están habilitadas como tales por la Secretaría de Turismo de la Nación.
Según se informa en el sitio de Nic Argentina, el registro de Nombres de Dominio bajo el subdominio tur.ar comenzará a partir del 9 de junio de 2008.
Según la Resolución Nº 904/2008 se ha suscripto un convenio entre la Secretaría de Turismo de la Nación y el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto con el objetivo de promover la seguridad en el ámbito de la registración de Nombres de Dominio en Internet y en la actividad turística que llevan a cargo las empresas registradas y habilitadas por la Secretaría de Turismo de la Nación.
… a los efectos de eliminar la presencia y contratación de medios, personas físicas o jurídicas ajenas a la actividad turísitca y con miras a establecer claros y sencillos canales de comunicación con los organismos debidamente habilitados para la actividad turística se entiende necesario la creación de un subdominio “tur.ar”.
Para tal motivo se transfirió la Unidad de Internet y NIC (UINET) al ámbito de la Subsecretaría de Coordinación y Cooperación Internacional, quien resuelve entre sus puntos más importantes:
Incorpórase la utilización del subdominio “tur.ar” en la registración de Nombres de Dominio en INTERNET para la actividad turística realizada por las empresas registradas y habilitadas por la Secretaría de Turismo de la Nación.
Denominaciones debajo del TUR:AR: sólo podrán registrar nombres dentro del subdominio TUR.AR las empresas de viajes y turismo, agencias de turismo o agencias de pasajes que se encuentren habilitadas por la Secretaría de Turismo de la Nación para funcionar como tales conforme con la normativa vigente en la materia.
Para aquellos que ya tienen registrado su subdominio como com.ar:
Las entidades registrantes que posean nombres de dominio registrados con anterioridad a la firma de la presente Resolución en el subdominio “COM.AR” y que se encuentren habilitadas según la normativa vigente para realizar un registro bajo el subdominio “TUR.AR”, tendrán prioridad, por un plazo de 120 días corridos, para realizar el registro de los nombres homónimos bajo el sudominio “TUR.AR”
Con esta normativa se busca entonces dar más transparencia a la industria del turismo para los ususarios de estos productos y/o servicios con lo que a su vez se beneficiarán aquellas empresas y agencias que estén habilitadas frente a las que no.
Fuente: Nic Argentina
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